viernes, 2 de agosto de 2013

Nueva Minería, inclusión y participación accionaria en minería.



Nueva Minería, inclusión  y participación accionaria en minería.

Carlos  Franco Pacheco

En el discurso presidencial 2013, por fiestas patrias, el Sr. Ollanta Humala Tasso, Presidente Constitucional del Perú, aseveró que  la  actividad  minería formal en el Perú permitió el sustento de un total  de 3 millones y medio de peruanos y peruanas, entre empleos  directos e indirectos. No obstante ello, la  empresa minera de capitales peruanos y británicos IRL logró hacer  socios a las  comunidades del proyecto minería  de oro Ollachea-Puno. 
Estas asociaciones  tienen  antecedentes. La empresa  Minero Perú en la década  del 90 logró sin mayor éxito organizar  cooperativas  mineras en  Sandia-Puno.
En el Perú emergente, la participación accionaria  es un fenómeno  sociológico. En la fábrica  de Tejidos  Marangani de Sicuani-Cusco existe una planta de tratamiento de aguas residuales  de la precitada empresa  que es administrada por los propios  trabajadores.
A nivel latinoamericano, el modelo  argentino de Jujuy  es un paradigma. La participación accionaria  está compuesta por la empresa provincial  Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE), con un 8,5%; el operador Sales de Jujuy (Orocobre), y una de las principales automotrices del mundo, la japonesa Toyota Tsusho.
El economista  peruano Miguel  Santillana, investigador  del  Instituto del Perú de la  Universidad  san Martin de Porres destacó como un mecanismo  favorable las asociaciones  de las comunidades con las empresas mineras, como es el caso  Minera IRL  Olaechea - Carabaya, en Puno.
Santillan, asevera que las comunidades campesinas e indígenas son personas jurídicas y pueden negociar a través de la fórmula Asociación en Participación, y que en ese caso, les concede el 5 por ciento de utilidades, un asiento en el directorio y tener información de estados financieros auditada por agencias internacionales.
Asimismo, Santillan  precisa  “Las comunidades deben aceptar tales beneficios, y con el dinero que reciben crear dos tipos de fondos: el Intergeneracional, cuyos recursos sean manejados por bancos de Inversión y no por ONGs, y el de Satisfacción de Necesidades Básicas e Inmediatas, para la contratación de profesores o médicos, sin depender del servicio público”.
No obstante,  el peruano Pablo Salas Charca líder puneño de  Santa Lucia-Puno, señala “Según el art. 15 de la Ley General de Comunidades Campesinas Ley Nro. 24656En todas las concesiones mineras petroleras gasíferas las comunidades debemos ser incluidos socios con el 51% de acciones y con un puesto en el directorio de la empresa, solo así terminara el conflicto frente a las mineras”
Este mecanismo   societal fue  enarbolado por CONAGUAYVIDA, en el documento “Acuerdo  Nacional por el Derecho al Agua con cero desnutrición” del año 2010, que fue suscrito por CONACAMI, CNA, CCP, entre otros, que fue presentado en los eventos  de sociedad  civil como CONADES.
En cuanto al  recursos  hídrico, el artículo 105º  de la  Ley de  Recursos  Hídricos precisa “(…) En la ejecución de proyectos de infraestructura hidráulica en tierras de las comunidades campesinas y comunidades nativas, el Estado establece el mecanismo para hacerlas partícipes de los beneficios una vez que opere el proyecto”.
En el año 2012, una comisión multisectorial  creada por  RS Nª 189-2012 precisa en su informe final  “establecer criterios  y lineamientos para que las actividades mineras y otras actividades productivas promuevan la inclusión social” facilitando el relacionamiento propósito entre los  diversos actores.
Así, la  nueva minería debería establecer  un relacionamiento propósito entre los  diversos actores mineros  para una gobernanza  y gobernabilidad ambiental. Cabe  indicar que el asocio privado-comunitario  es una opción válida para un crecimiento sostenido  y un desarrollo  inclusivo.
Armando  Guevara  Gil señala que “(…) es necesario redefinir el sistema de asignación de derechos de propiedad sobre el suelo y el subsuelo. Gracias al viejo regalismo colonial, mientras cualquier persona natural o jurídica puede ser propietaria del primero, solo la Nación, a través del Estado, es dueña del subsuelo. La reunión del derecho de propiedad al suelo y subsuelo sería una de las reformas redistributivas más radicales de toda la historia republicana. Colocaría a los pueblos y comunidades afectados por los proyectos de inversión minera o hidro - carburífera en una posición de negociación inmejorable. Ello los podría llevar, por ejemplo, a plantear esquemas de asociación o participación accionaria en las empresas extractivas, recibiendo directamente los beneficios de la actividad autorizada en sus tierras, o, en el futuro, a formar sus propias empresas”
La  minera IRL negó la  existencia de protestas contra  su proyecto Ollachea  en la zona del mismo  nombre. Esto, gracias a que la Asamblea  General de la Comunidad aprobó  contrato  de ampliación   de uso de  terrenos  superficiales para el proyecto  minero por un periodo de  30 años  con  5%  de participación accionaria  que  tendrá la comunidad  sobre la empresa subsidiaria  minera  Kuri Kullu cuando se inicie  la producción comercial del proyecto.
La  Revista “Tiempo minero” precisó en una editorial “comunidades como accionistas de las empresas mineras” del 24 de mayo del 2012, lo siguiente “Este podría ser el modelo que pueden imitar el resto de las mineras para poder lograr desarrollar sus actividades de manera sostenible y en un clima de paz social. Sin embargo, la tarea difícil es monitorear quiénes y cuántos deben ser los realmente beneficiados con las ganancias anuales de las compañías mineras”
En el año  2012, un congresista planteó la idea de otorgar incentivos –no necesariamente tributarios– a las empresas mineras para que consideren esta posibilidad y se logre la inclusión social en pueblos donde se encuentran los proyectos mineros, los que suelen estar ubicados en lugares donde las comunicaciones y la oferta de educación y salud aún no tienen presencia.

La  participación accionaria es  la manera  de enfrentar la injusta distribución del impuesto a la renta por el  Estado. Es más,  permite que las empresas  mineras  formales paguen canon por el uso  del recurso no  renovable. Es un acto de inclusión social  y el instrumento para cerrar  brechas, enfrentar la minería ilegal y  acabar  con el centralismo  lobbysta. Asimismo, por ese medio alcanzar  la internalización de los costos ambientales en el sector  minero  formal. 

viernes, 10 de diciembre de 2010

MINISTRO PEDRO SANCHEZ ESTA EQUIVOCADO.

El Ministro Pedro Sánchez está equivocado al señalar que no se puede anular la concesión minera Chancadora Centauro.
Por Carlos Franco Pacheco(*)
10.12.10

“No se puede anular la concesión minera Chancadora Centauro” es la sentencia que anunció Pedro Sanchez Ministro de Energía y Minas el viernes 10 de diciembre por las ondas de Radio Programas del Perú-RPP. Esto a propósito del quinto día de paro indefinido del Callejón de Huaylas que reclama la nulidad de la concesión a minera Chancadora Centauro.

La sentencia ministerial va más lejos. Se menciona que “no hay causal para anular la concesión minera Chancadora Centauro” y “que no se tiene marco legal para anular la concesión minera”. Esta decisión coincide con las declaraciones del asesor legal de minera Chancadora Centauro Oswaldo Sánchez Casas que dice “todo está de acuerdo a la Ley”.

Paso a efectuar algunas precisiones. El Ministro Pedro Sánchez olvida que el art. 18 de la Ley N° 26821-Ley Orgánica de aprovechamiento de los recursos naturales señala que “Las comunidades campesinas y nativas tienen preferencia en el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de sus tierras, debidamente tituladas, salvo expresa reserva del Estado o derechos exclusivos o excluyentes de terceros”. El art. 23 de la misma ley establece que son irrevocables las concesiones en tanto el titular cumpla con la ley o la legislación especial exija para mantener su vigencia.

Maritza Heredia de la RED VERDE PERÚ indica que las comunidades campesinas concernidas en el Callejón de Huaylas expresan su oposición a la concesión minera; pues de concretarse la iniciativa minera, afectaría las aguas de la Laguna Conococha, fuente de agua del Valle de Fortaleza, Pativilca y Santa(1)

El art. 14 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Minería establece que no se admitirán petitorios mineros en zonas de amortiguamiento. El ingeniero Luis Enrique Saravia señala que las areas de la concesión minera de Chancadora Centauro afectan el área de amortiguamiento del Parque Nacional Huascarán (PNH).

Asimismo, el ingeniero Luis Enrique Saravia precisa que el Decreto Supremo N° 020-2008-EM, en el art. 11 establece que no se puede hacer ningún tipo de exploración donde existen bofedales y humedales.

El Ministro Pedro Sánchez está equivocado. Una sentencia del Tribunal Constitucional precisa que existe un vínculo existente entre la producción económica, el derecho a un ambiente equilibrado y el desarrollo de la vida. (STC 0048-2004-AI/TC). El caso minera Chancadora Centauro no logró vincular estos tres aspectos.

La decisión de no anular la concesión minera responde a un interés político de escaso análisis jurídico, opuesto al marco legal y es abiertamente anticonstitucional, anti-social y anti-ambiental.

En el Día Internacional de los Derechos Humanos (10 de diciembre) debemos renovar el compromiso de seguir promoviendo y defendiendo los derechos humanos. Un aspecto que debemos trabajar para que las comunidades campesinas y nativas sean declarados “libres de minería” y declarar la intangibilidad de la cabecera de cuenca del Santa, por ser fuente de recursos para la Cuenca del Santa, Fortaleza y Pativilca. Esta última propuesta fue presentada por la ONG NATURA.

(1)Boletin N° 40 de la RED VERDE PERU
(*)Carlos Franco Pacheco
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viernes, 30 de julio de 2010

El derecho humano al agua o el agua lucro.

A dos días de resolución histórica de la ONU.

El derecho humano al agua o el agua lucro.

Carlos Franco Pacheco-Lima (*)

UNICEF señala que cada día, 24.000 niños mueren en los países en desarrollo por causas que se pueden prevenir como la diarrea producto de agua contaminada. Esto significa que muere un niño cada tres segundos.

La noción de derecho humano busca restringir el abuso que se pueda hacer desde el poder a través de las autoridades policiales, militares o quien fuera traducido, decirle al Estado que el no puede hacer. Igualmente, más allá de abstenerse, es lo que tiene que hacer para promover y garantizar que el derecho humano se pueda cumplir lo que en jurisprudencia constante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se denomina “El deber de garantizar” y ese deber de garantizar implica que el Estado tiene el deber de organizar todo su aparato estatal y de orientar su política en función de esas obligaciones internacionales contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Convención Americana y la Corte Interamericana tienen un mensaje muy claro, contundente y fácil de expresar el estado del derecho humano al agua, y por ello es necesario un sistema de administración del agua eficiente que aplique esos estándares y que sea accesible, no consiste solo en dar más recursos presupuestarios.

La resolución histórica de la Asamblea General de Naciones Unidas, aprobada el 28 de Julio, en su sexagésimo cuarto periodo de sesiones, reconoce al agua potable y al saneamiento básico como derecho humano básico para el disfrute de la vida y de todos los derechos humanos. La resolución-dice Pablo Solon- fue adoptada a iniciativa de Bolivia, tras 15 años de debates, con el voto favorable de 122 países y 44 abstenciones. La Asamblea de Naciones Unidas se mostró “profundamente preocupada porque aproximadamente 884 millones de personas carecen de acceso al agua potable y más de 2.600 millones de personas no tienen acceso al saneamiento básico, y alarmada porque cada año fallecen aproximadamente 1,5 millones de niños menores de 5 años y se pierden 443 millones de días lectivos a consecuencia de enfermedades relacionadas con el agua y el saneamiento”.

La adopción de esta resolución estuvo precedida de una activa campaña liderada por el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales Ayma. La intervención de Pablo Solón, representante Permanente del Estado Plurinacional de Bolivia, en la Asamblea General de Naciones Unidas, fue decisiva. Pablo Solon mencionó “Un 75% de nuestro cerebro está constituido por agua, y el agua es el principal vehículo de las transmisiones electroquímicas de nuestro organismo. Nuestra sangre circula como un enjambre de ríos en nuestro cuerpo. El agua en la sangre ayuda a transportar nutrientes y energía a nuestro organismo. El agua también aleja de nuestras células los productos de desecho para su excreción. El agua ayuda a regular la temperatura de nuestro cuerpo. La pérdida de un 20% de agua del cuerpo puede causar la muerte. Es posible sobrevivir varias semanas sin alimento pero no es posible sobrevivir más de algunos días sin agua.”

El “derecho humano al agua” ha seguido sin ser reconocido plenamente aunque existen claras referencias en varios instrumentos internacionales como: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

El argumento que presentaron los copatrocinadores para que se reconozca el derecho humano al agua tuvo que ver con las enfermedades provocadas por falta de agua potable y saneamiento provocan más muertes que cualquiera de las guerras. Se uso el dato que cada año más de 3 millones y medio de personas mueren por enfermedades transmitidas por agua contaminada. Así, se mencionó que la diarrea es la segunda causa más importante de muertes de niños por debajo de los 5 años. La falta de acceso a agua potable mata más niños que el SIDA, la malaria y la viruela juntos. Asimismo, aproximadamente una de cada 8 personas no tiene agua potable, y que, en solo un día más de 200 millones de horas del tiempo de las mujeres se consumen para recolectar y transportar agua para sus hogares.

Iguales razones los patrocinadores soslayaron que la situación de la falta de saneamiento es aún mucho peor porque afecta, a 2, 600 millones de personas que equivalen a un 40% de la población mundial. Un argumento básico para la argumentación del saneamiento como derecho humano fue el Informe de la Experta Independiente sobre agua y saneamiento Catalina de Alburqueque.

Así, la resolución histórica viene a llenar un vació y expresan una construcción colectiva.Por ejemplo el derecho humano al agua y al saneamiento no aparecen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en otros instrumentos internacionales tales como la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Por tanto, el agua potable y el saneamiento no son solamente elementos o componentes principales de otros derechos como “el derecho a un nivel de vida adecuado”.

La resolución alienta a la realización del derecho humano al agua potable y al saneamiento, y el efecto de éstas en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, la Convención Internacional sobre derechos sobre cursos de agua y la ratificación del protocolo facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, sociales y culturales.

La resolución en si misma es un replanteamiento del sobreconsumo del mundo desarrollado. Que una parte del planeta consuma 20 veces mas que la otra, y que un ciudadano de EEUU utilice 600 litros diarios promedio cuando debería usar 50, mientras en el África no llegan a 20 litros, no parece ser ningún problema. Es un reconocimiento de que lo se trata es el derecho de las gentes y una obligación estatal de proveerlo. Ahora, que se favorece la subida de tarifas hasta lograr que se establezcan cotizaciones internacionales, desarrollar exportación de agua, sistemas de transportabilidad internacional del producto (tuberías transfronterizas, contenedores, buques cisternas, etc). La transición del derecho al negocio tiene extraordinarias consecuencias que no siempre se perciben a la primera vista.

En el caso del agua, Raúl Wiener(2005) señala que las IFIS han sido inflexibles en su receta básica: transferir los servicios a gestores privados, aproximar las tarifas a niveles internacionales, impulsar el mercado mundial de este producto. Pocos han estado al tanto que mientras se hace esta promoción desenfadada en todos los países, el porcentaje actual de aguas privatizadas en el mundo llega a no más del 5%, las empresas compradoras de magnitud no alcanzan la decena(las mas conocidas son la Suez, Vivendi,Betchel, RWE-Thames, Nestle, Coca Cola, Biwater,etc) y el numero directamente fracasadas es mucho más alto que el se registra en otros sectores en proceso de privatización.

La Declaración Conjunta de los Movimientos en defensa del Agua del I Foro Internacional del Agua(2006) definió que “el agua en todas sus formas es un bien comun y su acceso es un derecho humano fundamental e inalienable. El agua es un patrimonio de las comunidades, de los pueblos y de la humanidad, principio constitutivo de la vida de nuestro planeta. El agua no es mercancía. Por eso rechazamos todas las formas de privatización, inclusive la asociación publica-privada que han mostrado su fracaso en todo el planeta”.

Y se me ocurre una pregunta.¿Porque no garantizar acceso a una cantidad mínima a toda persona?. No debemos esperar una interpretación internacional para ingresar a entender que el derecho al agua es un derecho a la sobrevivencia, es el agua vida. Si eso es así, que el Estado garantice deberes de organizar todo su aparato estatal y de orientar su política en función de dotar de una cantidad mínima de acceso gratuito de agua potable. Una cantidad que permita que sobrevivan las gentes.

La cantidad promedio de agua que una persona necesita cada día para mantenerse sana es 50 litros de agua diaria por persona. Pero muchas personas se ven forzadas a conformarse con mucho menos. Otras necesidades, como saneamiento, riego y dar de beber al ganado, con frecuencia requieren mucha más agua que la que se necesita para beber, cocinar y lavar.

¿Qué dice la Observación 15?. La Observación 15 define que el costo del agua debe pagarse a precios adecuados. Considero que se debe diferenciar el agua vida de agua ciudadanía. Así logramos, castigar el sobreconsumo de agua. El acceso gratuito es un derecho humano y colectivo. Es una reconsideración de la Observación N° 15.


(*)Carlos Franco Pacheco
Comunicador Ambientalista
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lunes, 15 de marzo de 2010

USUARIOS DEL AGUA SE MOVILIZARAN EN EL DIA MUNDIAL DEL AGUA. 22 DE MARZO

Nota de Prensa

Usuarias y usuarios del agua se movilizarán en el Día Mundial del Agua (Lunes 22 de Marzo)
Tarifas de agua se incrementará con privatización y corrupción en SEDAPAL
El Coordinador del Grupo Impulsor del Frente Contra la privatización del agua y la Vida-FREPAV, Carlos Franco Pacheco anunció que como consecuencia de la concesión privatista de la planta de tratamiento de aguas residuales “Taboada”(Callao) a una empresa española se fijo la creación de la tarifa de “tratamiento de aguas residuales” que se sumará a la tarifa actual que pagan mas de un millón de usuarias y usuarias del agua, a fin de obtener el reembolso. Para lograr ello, se requiere la concesión privatista de la planta de tratamiento de aguas residuales “La Chira” (Lima).
“La tarifa de agua se verá incrementado cuando se entregue la concesión privatista de la planta de tratamiento “La Chira”, debido a que se creo la tarifa de “tratamiento de aguas residuales”. Los costos estimados son del orden del 5% a la tarifa actual. El gobierno anunció que no habría alza de tarifa de agua, pero engaño con la tarifa de “tratamiento de aguas residuales”, cuando entre en operación las dos plantas” señaló Franco.
Franco indicó que la corrupción ha llevado a permitir que SEDAPAL suscriba ambos contratos. Esto contraviene las normas acerca de derechos humanos, que estipula que las concesiones no deben afectar a los más pobres.
Asimismo, la corrupción incentiva la flexibilización ambiental al permitir que la planta de tratamiento “La Chira” no tenga estudios de impacto ambiental. Eso se deduce del Decreto de Urgencia N° 121-2009, que dispone que las certificaciones ambientales no son requisito para obtener permisos administrativos.
Marcha lunes 22 de Marzo.
La FENTAP, Asociación de Usuarios de SEDAPAL, Liga de Usuarios y Consumidores del Perú, Foro Salud, Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú, CGTP, CNT, SIFUSE, CNPCC, Frente de Desarrollo Integral del Perú, Frente Nacional del Pueblo Peruano se movilizarán el lunes 22 de marzo, para rechazar el incremento de las tarifas de agua y la corrupción que favorece los esquemas de tratamiento de las aguas residuales.
La ocasión será propicia para rechazar la sentencia del Tribunal Constitucional publicada el 3 de febrero, mediante el cual, la empresa privada Gloria y Grupal no están obligadas a pagar tarifa de agua subterránea a SEDAPAL.
Se ruega la difusión.
Coordinaciones: 945058944 – Carlos Franco
RPM #883144
Mayor información: Asamblea Ciudadana por el Agua Miércoles 17 de marzo, en el Jr. Cailloma 824-Lima(local de ex – Cooperativa Santa Elisa). 10am.

martes, 1 de diciembre de 2009

EL AGUA ES VIDA Y NO UNA MERCANCIA

“FRENTE AMPLIO CONTRA LA PRIVATIZACIÓN DEL AGUA Y LA VIDA”
www.aguaesvidaperu.blogspot.com

PRONUNCIAMIENTO

Las organizaciones de trabajadores, usuarios del servicio de saneamiento y la sociedad civil; frente a los intentos de privatizar las empresas de agua potable y el vital recurso agua, pese al rechazo mayoritario de la población, tal como ratifican las encuestas; hemos dado origen al “Frente Amplio Contra la Privatización del Agua y la Vida”; y nos dirigimos a las autoridades, comunicadores sociales, empresarios nacionalistas, académicos, ambientalistas, colegios profesionales; directores de organismos financieros y la población en general para expresar lo siguiente:

EL AGUA ES VIDA Y NO UNA MERCANCIA

El Estado tiene una obligación con todos los peruanos, de brindarles elementales servicios: como la educación, salud, seguridad y otros más, para lograr el bienestar común. Por lo mismo éste no puede ni debe eludir su responsabilidad de brindarnos agua y saneamiento. Negarnos este elemental servicio, sería negarnos el acceso a la salud y a la vida misma.

El gobierno señala, que el Perú Avanza, pero las normas legales emitidas al amparo de las facultades que le brindó el Congreso de la República, lo que nos demuestra es el avance de las privatizaciones; con diferente modalidades, como las concesiones, venta de acciones en la Bolsa de Valores; de empresa públicas estratégicas, que están vinculadas al desarrollo y la seguridad nacional. Tal es el caso de los puertos, energía, petróleo, gas y en especial de las empresas del agua como SEDAPAL; además del recurso agua: de los ríos, lagos, manantiales, etc. Abriendo las puertas del país a las multinacionales o socios privados, quienes se apropiarán de los recursos hídricos del Perú; sin tener en cuenta que el AGUA no es ni debe ser una mercancía; porque es un bien común, de propiedad de todos los peruanos; al que debemos tener acceso, por ser un derecho humano; y que debe ser resguardado por el Estado, con el objetivo de garantizar un futuro sostenible de la humanidad entera; en peligro, por el anuncio de la crisis que generará por el cambio climático y la escasez de agua en el mundo .

El gobierno persiste en esta errada política, a pesar de haber fracasado la ola de privatizaciones del agua en la década de los 90s; impulsada por el FMI, BM y el BID. La mafia hídrica del Perú, persiste en su afán de ofrecer este bien público y común, no solo a través de las concesiones (60% de la empresa SEDAPAL esta concesionada a privados), sino bajo otros mecanismos, como la venta de acciones en la Bolsa de Valores, sin interesarles el bienestar común.

En estos momentos, que se dice, que el Perú vive un auge económico, es cuando el Estado debe invertir en favor de la población, brindando servicios de saneamiento al sector urbano y rural. Todos tenemos derecho a la vida, es decir acceso al agua. Agua no será democracia, en tanto millones de peruanos, no tengamos acceso a este elemental servicio; y mientras que desde el gobierno se siga en la terca pretensión de entregar a concesionarios privados, incluso chilenos, para que lucren con la sed de los peruanos.

Por lo señalado, solo la lucha de la población organizada conquistará el derecho al agua; consiguiendo que esta obligación del Estado, sea consignada en la Constitución Política del Perú. Como se han logrado por las luchas victoriosas en Uruguay, Ecuador, Bolivia entre otros.

SI EL AGUA ES DE TODOS...LA DECISION TAMBIEN ES DE TODOS

Bajo la dudosa fachada de que “Sin agua no hay democracia”, el gobierno de Alan García a través de “AGUA PARA TODOS” y “PRONASAR”, sólo avanzó en dotar de agua a dos millones de personas y postergando a 4 millones. Pero, eso no es todo, sigue sin atender a los asentamientos humanos con obras y agua de calidad. Desde nuestra perspectiva, los peruanos sin agua, siguen pagando cifras superiores a los S/. 17.50, por metro cúbico. Los usuarios de zonas periféricas, igualmente, siguen pagando tarifas “domésticas” en lugar de tarifas “sociales”. Las EPS siguen sin adoptar medidas humanitarias con todos aquellos que sufren cortes de agua. Y como si fuera poco, en lugar de fortalecer el modelo público de las empresas del agua, ahora pretenden, mediante las concesiones privatistas, que los usuarios paguen un adicional por el denominado “servicio de tratamiento de aguas residuales”; afectando la economía popular.

Con esta política neoliberal, de permitir que el agua sea una mercancía, también la SUNASS sigue de espaldas a los miles de usuarios de las Juntas de Agua y Saneamiento-JASS. A ello, se suma, la existencia de una Autoridad Nacional del Agua controlado por el poder político.

No es justo de que los usuarios, que somos propietarios de la infraestructura de saneamiento, como los tendidos de tuberías, pozos, reservorios, etc.; no participemos en la toma de decisiones sobre el tema del agua, por no tener representación en los directorios de las empresas del agua potable; tampoco los trabajadores participamos en las decisiones por no tener representación.

ESTAS SON NUESTRAS EXIGENCIAS:

Ante este panorama sombrío, demandamos al Gobierno dirigido por el Dr. Alan García Pérez, al Congreso de la República y demás poderes del Estado:

Primero.- La inmediata derogatoria del D.L. N° 1031 y aprobación del proyecto de ley, que propone la exclusión del agua de las privatizaciones, pedido presentado mediante iniciativa ciudadana.

Segundo.- Que el acceso al agua y saneamiento sea consagrado en la Constitución Política del Perú, como derecho para todos los peruanos y su obligatoria dotación por el Estado, a través de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS).

Tercero.- El cese inmediato de las concesiones de las EPS (Como SEDAPAL y otras del país) y de los megaproyectos. No a la privatización del mantenimiento e infraestructura, en cualquier obra pública de irrigación e hidro energéticos; por ser lesivos al interés general.

Cuarto.- Exigimos que el Presupuesto Público 2010 permita que las EPS hagan uso de los préstamos blandos, con bajos intereses y pago a largo plazo; para proyectos de saneamiento.

Quinto.- Demandamos al Poder Judicial sancione todos los actos de corrupción, que antecedieron a las concesiones de los megaproyectos de saneamiento.

Sexto.- Demandamos que “AGUA PARA TODOS” y “PRONASAR” atiendan las obras de los peruanos sin agua y gestione recursos para atender el 100% de las familias y comunidades.

Séptimo.- Demandamos el respeto a los derechos de los pueblos originarios sobre control de las aguas que usan y que no utilizan; que se reconozca y respete su derecho al consentimiento.

Finalmente hacemos un llamado patriótico a la sociedad civil, organismos de derechos humanos, ambientalistas, colegios profesionales y la población organizada, a sumarse a la lucha por lograr este gran objetivo nacional, de incorporar el derecho humano al agua y saneamiento para todos los peruanos, a la Constitución Política del Perú. Para ello, llamamos a la más amplia unidad de las organizaciones del movimiento social.

Comité Promotor del Frente:

FENTAP, SIFUSE, Comité de Trabajadores Reincorporados de SEDAPAL, Sindicatos de Trabajadores de Servicios Tercerizados de SEDAPAL, Frente Ciudadano en Defensa del Derecho al Agua, Asociación de Usuarios de SEDAPAL, Liga de Usuarios y Consumidores del Perú, Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán, Plataforma Interamericana de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo-Capítulo Perú, Asociación de Propietarios de San Roque, Asociación de Pobladores de Puente Piedra, COGEPUL, Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú.

Lima, Noviembre del 2009

¡¡INMEDIATA DEROGATORIA DEL D.L. 1031!!
¡¡POR LA CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO AL AGUA!!
¡¡ALTO A LA PRIVATIZACION DEL AGUA Y LAS EMPRESAS DE AGUA POTABLE!!

domingo, 28 de junio de 2009

AGUA DERECHO CUESTIONA PRONUNCIAMIENTO DEL MERCANTILISMO HIDRICO

CARLOS FRANCO PACHECO CUESTIONO PRONUNCIAMIENTO HIDRICO "LEY DE RECURSOS HIDRICOS NO PRIVATIZA EL AGUA" QUE PUBLICA EN DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACION EL MERCANTILISMO HIDRICO PARA CONFUNDIR A LA POBLACION Y PUEBLOS ORIGINARIOS EN PROTESTA.

El director del programa radial "Agua Derecho Humano" Carlos Franco Pacheco, en la edición N° 162, que se trasmitió por Radio Stereo Villa 101.7 fm, el domingo 28 de junio del 2009 cuestionó el pronunciamiento "Ley de Recursos Hidricos no privatiza el agua" que fue publicado en el Diario "La República", indicando que dicha ley especial promulgada el 30 de marzo del 2009 es privatista en todo sus extremos.

El ex- vocero nacional de la Campaña Nacional por el Derecho al Agua indicó que el pronunciamiento suscrito por una minoria de juntas de regantes y la poderosa Asociación de Exportadoras-ADEX es confuso, provocador y mafioso. Frente a ello, reto a un debate a los promotores del pronunciamiento por las ondas de Radio Stereo Villa.

El análisis compartido por el co-conductor Luis Velasquez precisa que la Ley de Recursos Hidricos y su hermana mayor la Ley Orgánica de Aprovechamiento de Recursos Naturales contiene derechos de agua con criterio privatista, en ese sentido acotó que las licencias, autorizaciones y permisos tienen lo prescrito por el Código Civil: uso, registro y reinvindicacion judicial.

El contenido privatista a la Ley de Recursos Hidricos esta precisado al definir que la entelequia nación es propietaria del agua. La Ley de Aguas anterior definia que el propietario del agua era una estructura de poder denominada Estado.La decisión fue adoptada en contrasentido a la Ley General del Ambiente que señala que el agua es un derecho y por tanto de dominio del Estado.

El ex-secretario técnico de CONAGUAYVIDA, en presencia de líder acciopopulista Gustavo Arauco, el líder madrediosano David Calderon y el líder gremial Estuardo Roncal fustigó que el pronunciamiento sale, en medio de los cuestionamientos de la población de Puno, Cusco, Andahuaylas y la Amazonia.

Carlos Franco Pacheco definió que el pronunciamiento de los regantes contradice la decisión de la Junta Nacional de Usuarios de Riego del Perú-JNUDRP, que pidió el 30 de marzo del 2009 observar la promulgación de la privatista Ley de Recursos Hidricosa, ante la andanada de cuestionamientos. Este mismo emplazamiento fue hecho por el gremio CONVEAGRO-PERU

El autor del libro "Atrapados por el agua.El caso Perú" subrayó que la Ley de Recursos Hidricos es privatista al permitir que operadores con fines de lucro administren el bien público agua. Es más, el articulo 112 indica que el Estado promueve la inversión privada para el uso colectivo del agua subterránea, así como la prestación de los servicios respectivos.
El Hijo Ilustre de Ica afirmó que por obra y gracia del TLC con EEUU, en el Perú las inversiones no pueden ser condicionadas, a causa del cual, la Ley de Recursos Hidricos y su hermana mayor la Ley Orgánica de Aprovechamiento de Recursos Naturales amenazan con la privatización del recurso y la administración del agua.
Carlos Franco Pacheco definió que el pronunciamiento de los regantes no analiza el programa de recursos hidricos, que logró financiar la promulgación de la Ley de Recursos Hidricos, y tiene en estos dias la actividad de aprobación compulsiva del reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

El director de la ONG PACHACAMAC, precisó que los verdaderos interesados en tener una licencia con carácter privatista son las empresas norteamericanas, que quieren convertir el territorio nacional en aprovisionador de biocombustibles, incluidos las brasileñas Amazónica del Sur y Odebrecht, la empresa oriental Chinalco y las empresas esparrageras de Ica.

El sub-director de Prensa del Sur, luego de co-conducir el programa "Agua derecho humano" participó en el primer Encuentro de Nacionalistas y Lideres Sociales, realizado en el restaurant "La Villa del Rey" de Villa El Salvador, donde se encontraba el ex-comandante EP Ollanta Humala Tasso.


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